En el marco de la Ley 2210 de 2022, las personas que al momento de su entrada en vigencia se encontraban ejerciendo actividades de entrenamiento deportivo sin contar con un título académico en deporte, educación física o áreas afines, podrán obtener un registro de entrenador deportivo de carácter provisional por cinco (5) años, renovables por cinco (5) años adicionales.
Para acceder a este registro, el aspirante deberá contar previamente con la certificación de idoneidad como entrenador deportivo, expedida por el Colegio Colombiano de Educadores Físicos y Profesiones Afines – COLEF.
Así mismo, en el marco de la Ley 2521 de 2025, el Colegio Colombiano de Entrenamiento Deportivo – COCED será la entidad encargada de otorgar el Registro Provisional de Entrenador Deportivo, con una vigencia de cinco (5) años no renovables, como mecanismo transitorio de acreditación de idoneidad y experiencia para quienes:
Durante este periodo se realizará el reconocimiento de saberes y experiencias, siempre que se demuestre la idoneidad mediante procesos de formación o capacitación avalados por las respectivas federaciones.